Nuevas obligaciones fiscales en 2021. LOS LEGISLADORES FEDERALES aprobaron el paquete fiscal para 2021, el cual está compuesto por la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), la Miscelánea Fiscal y la Ley Federal de Derechos (LFD), los cuales traen cambios. Entre estos cambios están: Retención de ISR en ingresos por plataformas, en la que los contribuyentes que generan ingresos a través de las plataformas digitales tendrán que revisar las nuevas tasas de retención de ISR que se aplicarán a partir de este año. SI SE PRESTAN SERVICIOS DE transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes o comida, como Uber, DiDi, Sin Delantal, Rappi y similares, la tasa de ISR pasa de 2.8% al 2.1%. EL BLOQUEO TEMPORAL DE plataformas digitales que no se den de alta al SAT, es otra modificación que si bien no aplica para quienes generan recursos o para el consumidor de estas plataformas, sí les afectaría en caso de llevarse a cabo, es el bloqueo temporal de aquellas plataformas digitales que no se den de alta ante el SAT y no cumplan con sus obligaciones fiscales. UNA DE LAS PRINCIPALES modificaciones y en el que los contribuyentes fiscales deben tener muy en cuenta, son que se aprobaron nuevas facultades para el SAT, para ejercer actos de fiscalización y seguir con su labor de recaudar impuestos para solventar el gasto del gobierno, además de continuar con la lucha contra la evasión fiscal. AUNQUE SI SE CANCELAN SELLOS digitales, los contribuyentes tendrán hasta 10 días para presentar su aclaración cuando el fisco dé aviso sobre la irregularidad y, en caso de no hacerlo, el SAT podrá cancelar el sello. EN CUANTO A LAS DEVOLUCIONES, el SAT ahora solicitará que el contribuyente confirme su domicilio fiscal y, en caso de que no sea confirmado o no sea localizable, la autoridad fiscal podrá cancelar el saldo a favor.

RESPECTO A LAS DONATARIAS autorizadas, el SAT ahora podrá retirar la autorización a aquellas que obtengan más de 50% de sus ingresos de actividades diferentes a sus donativos. Además de afectar a las donatarias, lo cual puede repercutir en el bolsillo del contribuyente que realizó alguna donación en una organización cuyo permiso fue retirado, ya que no podrá hacer deducible dicho dinero. TAMBIÉN SE APROBÓ UNA modificación para que el fisco realice embargos precautorios a las cuentas de terceros que no colaboren en la fiscalización que se haga a un contribuyente que es deudor, es decir, se podrían embargar las cuentas de clientes, proveedores o empleados de algún causante deudor. EL INCREMENTO EN PASAPORTES de emergencia es otra modificación, ya que incrementa su costo en 30%. Por un 2021 mejor, mis mejores deseos. @emiliamonreal